El desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación son la herramienta del futuro. La tecnología ha simplificado las tareas del hombre. En el ámbito del Derecho ha incursionado paulatinamente, los primeros indicios los encontramos con las nuevas ramas del Derecho denominadas Derecho Informático e Informática Jurídica. El objetivo primordial es fortalecer el sistema de impartición de justicia con el uso de los medios electrónicos pero debe garantizarse la seguridad jurídica. Razón por la cual, existen muchos escépticos que se rehúsan a aplicarla al Derecho, sin embargo, esto ya es una realidad y prueba de ello lo encontramos con el juicio en línea, una nueva modalidad de substanciar el juicio contencioso-administrativo federal a través de internet. En el presente trabajo se realiza un análisis de la valoración jurídica que deberá otorgarse a los documentos digitales emitidos en el juicio en línea.
En el primer capítulo se realiza un análisis de la evolución de la garantía a la impartición de justicia consagrada en el artículo 17 constitucional a lo largo de las grandes etapas del constitucionalismo: Federal (1824), Republicana (1857) Social (1917). Para lo cual se presentan los principales antecedentes constitucionales que han consagrado el derecho a la justicia desde la Constitución de Cádiz, antecedente y fuente de inspiración en México de la Constitución de 1824, hasta la Constitución Federal que nos rige actualmente. Se expone la diferencia entre conceptos tales como garantía y derecho fundamental. Se desentraña brevemente la naturaleza de la garantía individual para dar paso al estudio de la garantía de seguridad jurídica en la cual se encuentra inmerso el postulado de una impartición de justicia pronta, completa, imparcial y expedita. Asimismo, se citan algunas de las más connotadas definiciones sobre el concepto de justicia y sin el ánimo de fijar una definición absoluta se ofrece modestamente una definición por parte de la sustentante. De manera sistemática se analiza el contenido del artículo 17 constitucional, el espíritu del constituyente conjuntamente con las reformas, adiciones y modificaciones que ha sufrido. Principalmente se hace un estudio de cada una de las garantías y sus alcances que se consagran en el precepto constitucional en estudio. Los tribunales como órganos jurisdiccionales creados por el Estado son los encargados de dirimir las controversias que ante ellos se someten a su jurisdicción. De manera que deben ajustar su actuación al postulado del artículo 17 constitucional con la reciente reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011.
En el segundo capítulo se presenta un esbozo de los principales antecedentes internacionales y nacionales que dieron paso a la formación de la institución Tribunal Fiscal de la Federación (TFF) ahora Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA). Comenzamos con el estudio del principio de división de poderes bajo el cual se suscitaron diversas posturas que dieron los sistemas de justicia administrativa. El sistema francés denominado dualidad de jurisdicciones que ubica a la justicia administrativa dentro del Poder Ejecutivo y el sistema anglosajón de unidad de jurisdicción que a través del Poder Judicial resuelve los conflictos de naturaleza administrativa. Derivado del estudio de los sistemas de justicia administrativa nos enfocamos a analizar la institución conocida como el Consejo de Estado francés desde su surgimiento y evolución en Francia como su influencia en México. Esto nos permitió analizar la transformación de la jurisdicción administrativa, las características de la justicia retenida que imperó en un principio en Francia hasta la culminación de la jus- ticia delegada y el estudio del recurso por exceso de poder como medio de defensa contra los actos de la Administración activa. Estas figuras jurídicas fueron los antecedentes internacionales inmediatos del Tribunal Fiscal de la Federación. Se hace la distinción entre lo que se debe entender por justicia administrativa y el contencioso-administrativo. De es- te modo pasamos al estudio de los antecedentes nacionales desde la época colonial en donde ya se advertían vestigios de tribunales en materia administrativa tales como la Real Audiencia y el Consejo de Indias, posteriormente los Tribunales de Hacienda y la Junta Superior de Hacienda los cuales continuaron hasta el México Independiente, ya en la Constitución de 1824, el contencioso tributario quedó comprendido en el Poder Judicial, en 1853, con el advenimiento de la Ley Lares se crea una especie de Consejo de Estado por medio del cual se separa la justicia administrativa del Poder Judicial; sin embargo, más adelante se confiere nuevamente el contencioso administrativo a los tribunales ordinarios prevaleciendo el sistema judicialista en la Constitución de 1857, el cual se vio interrumpido durante el imperio de Maximiliano donde se regresó al Consejo de Estado, ya en la Constitución de 1917, se regresa al sistema judicialista, y en 1934, surgen los juicios de oposición y el recurso de súplica ante la Suprema Corte de Justicia, dicho sistema judicialista imperó hasta el surgimiento de la Ley de Justicia Fiscal en 1936, que dio origen al Tribunal Fiscal de la Federación como un órgano de naturaleza materialmente jurisdiccional y formalmente dentro del Poder Ejecutivo con justicia delegada y de mera anulación. Así se fue transformando el contencioso administrativo en nuestro país con los ordenamientos que surgieron al respecto, como el Código Fiscal de la Federación de 1938, y sus reformas, el Código Fiscal de la Federación de 1966, la expedición de una Ley Orgánica del TFF de 1966, Ley Orgánica del TFF de 1977, Ley Orgánica del TFF de 1995, y su reforma de 2000 con la cual cambia la denominación del tribunal por TFJFA, convirtiéndose en un tribunal con competencia contenciosa fiscal y administrativa. Posteriormente, con la expedición de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA) que deroga el Título IV del Código Fiscal de la Federación y la expedición de la Ley Orgánica del TFJFA de 2007, ordenamientos vigentes. Finalmente, se hace un análisis del fundamento constitucional de los tribunales administrativos y de la naturaleza actual del TFJFA con su característica de plena jurisdicción.
En el tercer capítulo se analizan los principios procesales del juicio contencioso administrativo federal. En general, se estudian las fases del proceso; es decir, cada una de las etapas que componen el juicio contencioso administrativo federal desde la presentación de la demanda y sus requisitos hasta la culminación de la sentencia, sus efectos, el cumplimiento de la sentencia, inclusive la aclaración de sentencia y la excitativa de justicia, así como los recursos bajo la regulación de la LFPCA.
En el cuarto capítulo se reseñan los antecedentes principales que dieron origen a la utilización de medios electrónicos. Desde la inventiva de instrumentos que fueron perfeccionándose dando entrada a la inclusión de los medios electrónicos. Básicamente con la creación de computadoras y el desarrollo de Internet. Se precisan las definiciones de conceptos tales como informática, electrónica, cibernética, telemática, mediática, criptografía. Se otorga una definición de medios electrónicos ya que los ordenamientos jurídicos no prevén una definición como tal, salvo escasos ordenamientos como el Decreto 76 publicado el 9 de julio de 2004 en Guanajuato referente a la Ley sobre el Uso de Medios Electrónicos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios. Por otra parte, se analiza cada medio electrónico existente a la fecha del presente trabajo como el télex, telégrafo, correo electrónico, intercambio electrónico de datos, fax, internet y medios ópticos o similares. De igual forma, se analiza el impacto de las TIC´s en la sociedad. Como la inclusión de los medios electrónicos estriba en el comercio electrónico que fue la primera práctica en donde se utilizan estas herramientas tecnológicas y con muy buen resultado en el comercio. Pasamos al estudio de las Leyes Modelo sobre Comercio Electrónico y Firmas Electrónicas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) que son la brecha para la apertura e inserción de los medios electrónicos en distintas áreas de los gobiernos. En cuanto a la institución de la firma electrónica analizamos su concepto, características, sus diversos tipos y la seguridad jurídica que brinda y en concreto la firma electrónica avanzada regulada por el Código Fiscal de la Federación. De manera específica se aborda el tema del gobierno digital en el cual se desarrollan detalladamente cada ordenamiento legal que prevé en sus disposiciones el uso de medios electrónicos, entre estos, encontramos al Código Civil Federal (CCF), Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC), Código de Comercio (CCo), Código Fiscal de la Federación (CFF), Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), Ley del Seguro Social (LSS), Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPCA), Ley de Instituciones de Crédito (LIC), Ley del Mercado de Valores (LMV), Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), Banco de México (BM), Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas (LOPSR) y Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), NOM-151-SCFI-2002, Ley Aduanera (LA), Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) y Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación (LSTF). Con la incursión de los medios electrónicos en la Administración Pública Federal se advierte que se ha expandido esta adopción por utilizar estas novedosas herramientas en el campo del Derecho, motivo por el cual se crean nuevas ramas en la materia denominadas “Derecho Informático” e “Informática Jurídica” con el objetivo de conformar un Poder Judicial Digital. Como parte final de este capítulo de manera breve se ilustra el delito informático.
El quinto capítulo representa el tema central del desarrollo de este trabajo, en virtud de que se trata del análisis del surgimiento, operación y seguridad del juicio en línea. Con esto pasamos a la parte más importante de lo que se pretende con la presente investigación: el análisis de la naturaleza del documento digital y su valoración jurídica dentro del contencioso administrativo federal, con sus peculiaridades que presenta en el juicio en línea, y la valoración del documento digital emitido en el juicio en línea, esto es, ¿Qué valor jurídico adquieren los documentos digitales emitidos en el Juicio en Línea? Comprendiéndose a los actos procesales digitales, actuaciones judiciales digitales y sentencias o resoluciones digitales, estas últimas como actos de autoridad “digital”.