El marco constitucional instaurado en nuestro país a partir de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, enfatizó la necesidad de conocer las prerrogativas esenciales contenidas en la Carta Magna y en los Tratados Internacionales suscritos por nuestro país, consecuentemente resulta necesario tener nociones sólidas y certeras de lo que debe entenderse por derechos humanos, así como su significación tanto para las personas en lo individual como colectivamente.
En mérito de lo anterior, el primer trabajo del presente número de Praxis de la Justicia Fiscal y Administrativa, editada por el Tribunal, contiene un estudio de carácter introductorio para comenzar a comprender cabalmente la noción y evolución constitucional de los derechos humanos recurriendo a las doctrinas y teorías más autorizadas tanto a nivel nacional como internacional.
A propósito de la reforma energética instrumentada por el Estado con el objetivo de incrementar la productividad del sector a través de la captación de inversiones, presenta una colaboración centrada en el análisis del medio de impugnación procedente en contra de la rescisión administrativa de los contratos celebrados para la exploración y explotación de hidrocarburos, de conformidad con las disposiciones normativas fundamentales y ordinarias vigentes hoy en día.
El principio de legalidad tributaria en sus dos dimensiones, esto es, que el establecimiento de las cargas impositivas de los gobernados deben constar en una disposición material y formalmente legislativa, junto con sus elementos esenciales, de tal suerte que no quede margen a la discrecionalidad y arbitrariedad de las autoridades exactoras, actualmente pasa por un particular matiz, consistente en la tendencia por parte del legislador, en el sentido de otorgar facultades a las autoridades administrativas para regular aquellos elementos, mediante lo que se conoce como “cláusulas habilitantes”, lo que precisamente es materia de estudio en un trabajo, con énfasis a la potestad de trato eventualmente ejercida por el Instituto Mexicano del Seguro Social para la constitución de capitales constitutivos.
No obstante que los estudios sobre Derecho Comparado pueden considerarse como temas de eminente corte académico, la realidad es que los mismos son instrumentos útiles que permiten contrastar regímenes jurídicos diferentes para detectar similitudes y divergencias respecto a instituciones homólogas, que lleven a la producción de diagnósticos sobre su situación actual, así como su prospección en el corto, mediano y largo plazos, en su caso.
En ese sentido, se incluye un ensayo que analiza los medios de control constitucional establecidos en Argentina y México para salvaguardar la concordancia de las leyes secundarias con el ordenamiento supremo, la acción declarativa de inconstitucionalidad y la declaratoria general de constitucionalidad, respectivamente, vertiéndose reflexiones respecto a la materia contenciosa administrativa en cada uno de los países mencionados.
En el contencioso administrativo francés se reconocen cuatro sistemas: el de interpretación, el de represión, el de anulación y el de plena jurisdicción. México solamente adoptó los dos últimos, dejando de lado los enunciados en primer lugar.
El contencioso administrativo de interpretación es objeto de investigación en la última colaboración contenida en el presente ejemplar, proponiendo su incorporación en el modelo de justicia nacional, constituyendo una pre-instancia autónoma, no litigiosa propiamente, en la cual se solicita una declaración exegética respecto a un acto, contrato o ley administrativos en situaciones de oscuridad, ambigüedad o vaguedad, erigiéndose en un filtro efectivo para desahogar la carga de trabajo en los órganos jurisdiccionales.
Sin duda, los distintos temas tratados por los colaboradores del presente ejemplar resultarán de gran interés para los lectores, por los enfoques con que son desarrollados, amén de su actualidad.
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